Información al ciudadano y derechos sobre cacheos y registros de tus pertenencias en la via pública. ( Hay cosas que nos saltamos)

Cacheos y registros de pertenencias. Dado que últimamente estamos teniendo bastantes problemas con la policía en nuestro lugar de parada, ponemos un poco de información detallada en torno al cacheo que nos puede realizar un policía tanto a nosotros como a nuestras pertenencias

Con el cacheo pasa lo mismo que con la solicitud de identificación. En teoría, sí hay casos en los que puedes negarte ya que puedes negarte a cualquier orden ilícita. Si voy andando por la calle y la policía solicita mi identificación y me quiere cachear porque sí, se trataría de una orden ilegítima y, por tanto, cabría la desobediencia lícita. Hasta aquí, la teoría. Ahora, la práctica provoca que, si te niegas, te lleven por delante.  

Triste pero cierto. Otra cosa es que luego, en un juzgado, si tienes mucha suerte con el juez y con lo que declare la policía y tal y tal, pudieras resultar victorioso/a. En el caso de que la policía efectivamente tuviera indicios de comportamientos delictivos y tratara de cachearte, no podrías negarte ya que, al igual que en el apartado anterior, te arriesgarías a la detención y a una acusación de desobediencia.

El cacheo a menudo se emplea como una técnica policial para controlar y amedrentar. Así que si te cachean sin motivo aparente, harás bien en ponerte en guardia y tomar precauciones para no darles pie a que te acusen de cualquier otra cosa (desobediencia, resistencia...)  
  • 1) Tienes derecho a ser cacheado/a por una persona de tu mismo sexo, salvo situación de mucha urgencia. Si no hubiera tal urgencia (motivada), y si no hubiera dicho agente, están obligados a trasladarte al lugar más cercano en el que lo haya. Todo ello con las molestias mínimas para ti y resolviendo el trámite en el menor tiempo posible. Los cacheos con desnudo integral sólo se podrán hacer por causas muy determinadas y en forma y lugar legalmente dispuesto.
  • 2) Lo haga o no en la práctica, en teoría la policía está obligada a buscar en las inmediaciones el lugar más discreto posible donde realizar el cacheo, a fin de respetar todo lo que se pueda la intimidad de la persona registrada.
  • 3) Tus pertenencias (bolsillos, mochilas etc.) pueden ser registradas superficialmente siempre que haya motivo justificado para ello. No puedes negarte, pero sí puedes solicitar que te expliquen cual es el motivo, lo que se busca y porqué se sospecha de ti. En cualquier registro ha de regir el criterio de "proporcionalidad", es decir, que deben tener un motivo fundado para realizar el registro.
Ninguna ley impide a la policía registrar nuestras pertenencias sin estar nosotros delante. No obstante debemos reclamarlo, más sabiendo que cualquier objeto encontrado en el registro por la policía sin estar nosotros/as presentes difícilmente tendrá valor probatorio en un juicio ya que socava la llamada “garantía de contradicción” (Sentencia del TS de 25 de octubre de 1993 y Sentencia del TS 1655/2002, de 7 de octubre.)
  • 4) En cualquier caso si tras el registro policial echamos algo en falta podremos poner la denuncia pertinente por hurto. Para ello es importante recabar la cantidad mayor posible de datos para identificar al o los agentes que han practicado el registro. Aquí vale lo dicho más arriba sobre la oportunidad de valorar la posibilidad de que la policía se blinde ante nuestra denuncia cursando a su vez denuncias falsas en contra nuestra.

Animación sobre la prohibición de la marihuana.

Fuente: Animación por Haik Hoisington www.blackmustache.com
 
La Flor de contrastes de una sociedad utópica que libremente consume un placer... una sociedad donde la flor misma es ilegal y su consumo está prohibido. La animación es una meditación sobre los costos sociales y económicos de la prohibición de la marihuana.
 


¿Cuántas plantas de marihuana se pueden tener en casa de manera legal?

Las fuentes son propias. La información ha sido visualizada en  Cannabiscafe.com y corregida. + información detallada: Las leyes antidroga.

Vamos a tajar de raíz las dudas en torno al número de plantas que una persona puede tener en su casa, ya que siempre hay dudas o se creen que cambias las leyes con los cambios de gobierno.

El cultivo de cannabis es considerado ilegal en cuanto tienda a la promoción, el favorecimiento o la facilitación del consumo ilegal de grifa y/o hachís, los Tribunales españoles admiten cada vez con más frecuencia y claridad supuestos de autocultivo. Es decir, supuestos en que el cultivo no se considera delito y, por tanto, el cultivador queda absuelto o, como mucho, en su caso, condenado por el excedente de lo considerado como consumo propio anual.

Esto supone que si uno cultiva para sí mismo aproximadamente la cantidad de cannabis que consume al año, tiene escasísimas posibilidades de que le condenen, y en este hipotético caso, es prácticamente imposible que vaya a prisión. Así las cosas, aquí van unos consejos y datos a tener en cuenta a la hora de cultivar cannabis, basados en las sentencias absolutorias sobre el tema de los distintos Tribunales españoles:

¿Cuál es el número de plantas legal que podemos tener en nuestra casa?
No existe ningún número de plantas, a día de hoy, establecido como legal. Se trata de calcular la cantidad que uno consume al año, y, partiendo de esta, la cantidad, tamaño y calidad de las plantas que necesita para autoabastecerse. Sobre la cantidad considerada como consumo propio anual: se obtiene calculando el consumo diario y multiplicándolo por los días del año. Se han admitido consumos de hachís por el Tribunal Supremo de:
  • Más de 10 gramos diarios, incluso 20 gramos, por lo que alegar que fumamos seis o siete cigarrillos diarios de un gramo, lo que fuma un fumador inveterado, obtendremos un consumo anual de unos 2.200-2.500 gramos.
Esto ya es una cuestión de cada uno, según su consumo y otras variables como: tipo de cultivo, sustrato, semillas, condiciones climáticas, pericia del cultivador y un infinito etcétera. Ante esta situación de inseguridad jurídica, los colectivos de cultivadores y consumidores no encuentran respuesta.

Como razones se argumentan el fácil control de la legalidad de los cultivos, ya que simplemente consistiría en contar los tallos; así como ser 25 la cantidad de plantas establecida como límite del autocultivo de otra conocida planta, el tabaco. No obstante, como están las cosas actualmente y previendo una hipotética incautación, lo que se debe tener en cuenta es cómo se va a calcular la cantidad de grifa que se va obtener de las plantas y que lo que se está cultivando será destinado al autoconsumo.

En caso de tener problemas...se buscarán indicios de tráfico, por lo que no conviene tener balanzas de precisión, bolsitas herméticas y otros adminículos que puedan hacer parecer que se trafica con lo cultivado. En caso de que cuando se produzca la incautación, las plantas sólo estén cosechadas parcialmente, se estima que el cultivador va cosechando según sus necesidades de consumo.

¿Cuales son nuestros derechos fundamentales?
En primer lugar, que sea consumidor, diciéndolo desde el primer momento. Para probarlo habría que alegarlo en las propias declaraciones, y si surgen dudas, solicitar análisis de orina o sangre.
Es también muy importante saber que, en busca de indicios de tráfico, se investigará el modo de vida del cultivador y si posee ingresos propios y un nivel de vida acorde con esos ingresos, para averiguar si puede estar obteniendo ingresos extras de la venta de cannabis.

Pertenencia a una asociación cannábica.- Este es un dato que ha servido en varias sentencias para argumentar la ausencia de ánimo delictivo, puesto que sería poco prudente que quien quiere cometer un delito de tráfico de cannabis, figure en un registro público como aficionado a la planta. También se ha utilizado para legitimar un excedente de hasta 500 gramos del consumo propio anual, puesto que al ser miembro de una asociación pro-legalización de la marihuana, este excedente no tendría porqué ser destinado al tráfico, sino que bien puede ser que los compartiese con los miembros de su asociación, consumidores como él y representativos de un grado de difusión que entra dentro de los supuestos de consumo compartido admitidos por el Tribunal Supremo.
  • Además, con la pertenencia a la asociación se le presuponen al cultivador ciertos conocimientos sobre la planta, con los que argumentar sólidamente el proceso que siguen estas desde que se cultivan hasta que se consumen.
Igual que en exterior, con la salvedad de que para entrar en un domicilio es necesaria orden judicial, lo que hace difícil la desmantelación de cualquier cultivo de interior en un piso mínimamente discreto. Para que el Juez otorgue la autorización es necesario que tenga indicios racionales de criminalidad, es decir, que por lo observado por la policía o testigos se pueda deducir que en ese piso se cultiva cannabis y se trafica con él. Normalmente, si no hay un goteo de personas entrando y saliendo del lugar, y no se suelen sacar bultos sospechosos (cajas, bolsas) con frecuencia, el registro no será autorizado. También ha servido como indicio tener el responsable numerosas sanciones por posesión de cannabis.
  • Decir que no cualquier local o piso es un domicilio, sino únicamente aquel que se destine a vivienda. En este caso, si entran en el domicilio sin consentimiento o sin orden judicial, aunque encuentren plantas, la prueba sería nula por haberse obtenido vulnerando el derecho a la inviolabilidad del domicilio.

Banquitos, Nuevo campo de batalla.

Todo comenzó hace muchisimos años, aunque hemos empezado a vivirlo en nuestra piel nuevamente desde el verano de 2011. Resulta que paramos en un parquecito, llamado banquitos (bankia) donde nos fumamos unos porros, sacan los perros y estamos haciendo el pipa hasta que el frio nos congela las ganas. Hasta ahí todo bien.... si no fuera porque estamos rodeados por dos edificios de entorno a 14 pisos los cuales nos han abierto una guerrilla de bandas base de tirarnos huevazos y patatazos.

Ultimamente nos tiraron cristal, desde botes de danone de los buenos a bombillas. El causante de todo esto debe ser un hombre o mujer frustado pero que tiene comprado a todo el vecindario para hacernos dudar de donde vienen tarde si noche también los proyectiles.

La causa de esta guerra abierta entre fumetas y vecinos viene por apoderarse de los banquitos, los cuales son nuestra residencia y lugar principal de quedada. Contratacamos con pólvora, lanzando petardos y cohetes hacia la fachada con la intención de dar con algún responsable. Ya no hay marcha atrás, la guerra está abierta y muy pronto llegaran nuevas consecuencias entre la masa fumeta si la cabreas. "La resistencia" sabe que tiene todas las de ganar, puesto que ellos nos miran desde arriba pero nosotros aprendemos desde abajo.