¿Sanción o Deshabituación? Ellos dicen como pagas, tu tienes y decides en todo momento tus derechos. ¡No te dejes convencer!

Leíamos hace unos días en Cannabis Magazine sobre las sanciones administrativas que pueden caerte por posesión de marihuana. Y en parte me hizo reflexionar sobre los pocos derechos que tenemos los consumidores y las posibilidades que nos dan. Un ejemplo de tipica circunstancia; a todos nos ha llegado la situación donde hemos sido sorprendidos por agentes de la ley... y saber que derechos o posibilidades tenemos ante sus "cazadas" nos puede aminorar la sanción impuesta.

La autoridad puede hacer presa de nosotros si encuentra evidencias o echos, y hacer que poco tiempo despues, recibamos en casa una notificación de la Subdelegacion de Gobierno en la que se nos comunica una "apetura" de procedimiento sancionador en nuestra contra por incumplir lo establecido en nuestra ley de seguridad ciudadana. Si nuestras razones no son acogidas por la Administración, se nos sanciona. Las multas pueden ser de 300-600 o 1000 euros segun la cantidad con la que seas sorprendido.

¿Qué alternativas quedan para no pagar la sanción?
Podemos recurrir a la suspension de la sanción si se somete la persona a un tratamiento de deshabituacion en un centro o servicio acreditado, que son todos aquellos que consumen drogas, la posibilidad de "cambiar" sanción económica por tratamiento medico de deshabituación existe. Claro que... se dan controles de orina y terapia, charlas, a veces, estas personas pilladas con marihuana suelen ser jovenes y optan por la falsa deshabituación con tal de no pagar una elevada sanción. Resulta cómico, los datos que dan en la web del Ministerio de Sanidad dicen que solo el 10% de consumidores de marihauana se someten a deshabituación.
  • Dice el Real Decreto: "Atendiendo al fin rehabilitador de toxicómanos propugnado por la normativa vigente y los convenios internacionales en materia de drogas y estupefacientes, la suspensión de sanciones, que será de aplicación a quienes sean consumidores habituales de dichas drogas o sustancias, podrá llegar a la remisión total y definitiva de tales sanciones en los casos en el que el infractor lleve a cabo satisfactoriamente su tratameiento de deshabituación, en al forma y con las condiciones que se establecen en este Real Decreto"

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