¿Cual es el número de plantas de marihuana que podemos cultivar dentro de la legalidad? Tus derechos y asociación al conocimiento de esta planta.

Fuente principal: Cannabiscafe.com
>> + información detallada: Las leyes antidroga.

Vamos a tajar de raíz las dudas en torno al número de plantas que una persona puede tener en su casa, ya que siempre hay dudas o se creen que cambias las leyes con los cambios de gobierno.

El cultivo de cannabis es considerado ilegal en cuanto tienda a la promoción, el favorecimiento o la facilitación del consumo ilegal de grifa y/o hachís, los Tribunales españoles admiten cada vez con más frecuencia y claridad supuestos de autocultivo. Es decir, supuestos en que el cultivo no se considera delito y, por tanto, el cultivador queda absuelto o, como mucho, en su caso, condenado por el excedente de lo considerado como consumo propio anual.

Esto supone que si uno cultiva para sí mismo aproximadamente la cantidad de cannabis que consume al año, tiene escasísimas posibilidades de que le condenen, y en este hipotético caso, es prácticamente imposible que vaya a prisión. Así las cosas, aquí van unos consejos y datos a tener en cuenta a la hora de cultivar cannabis, basados en las sentencias absolutorias sobre el tema de los distintos Tribunales españoles:

Número de plantas:
No existe ningún número de plantas, a día de hoy, establecido como legal:
  • Se trata de calcular la cantidad que uno consume al año, y, partiendo de esta, la cantidad, tamaño y calidad de las plantas que necesita para autoabastecerse. 
Esto ya es una cuestión de cada uno, según su consumo y otras variables como: tipo de cultivo, sustrato, semillas, condiciones climáticas, pericia del cultivador y un infinito etcétera. Ante esta situación de inseguridad jurídica, los colectivos de cultivadores y consumidores no encuentran respuesta.
Como razones se argumentan el fácil control de la legalidad de los cultivos, ya que simplemente consistiría en contar los tallos; así como ser 25 la cantidad de plantas establecida como límite del autocultivo de otra conocida planta, el tabaco. No obstante, como están las cosas actualmente y previendo una hipotética incautación, lo que se debe tener en cuenta es cómo se va a calcular la cantidad de grifa que se va obtener de las plantas y que lo que se está cultivando será destinado al autoconsumo.

En caso de tener problemas...se buscarán indicios de tráfico, por lo que no conviene tener balanzas de precisión, bolsitas herméticas y otros adminículos que puedan hacer parecer que se trafica con lo cultivado.
- En caso de que cuando se produzca la incautación, las plantas sólo estén cosechadas parcialmente, se estima que el cultivador va cosechando según sus necesidades de consumo.

- Tus derechos:
En primer lugar, que sea consumidor, diciéndolo desde el primer momento. Para probarlo habría que alegarlo en las propias declaraciones, y si surgen dudas, solicitar análisis de orina o sangre. Sobre la cantidad considerada como consumo propio anual*: se obtiene calculando el consumo diario y multiplicándolo por los días del año. Se han admitido consumos de hachís por el Tribunal Supremo de:
  • más de diez gramos diarios, incluso 20, por lo que alegar que fumamos seis o siete cigarrillos diarios de un gramo, lo que fuma un fumador inveterado, obtendremos un consumo anual de unos 2.200-2.500 gramos.
Es también muy importante saber que, en busca de indicios de tráfico, se investigará el modo de vida del cultivador y si posee ingresos propios y un nivel de vida acorde con esos ingresos, para averiguar si puede estar obteniendo ingresos extras de la venta de cannabis.

Pertenencia a una asociación cannábica.- Este es un dato que ha servido en varias sentencias para argumentar la ausencia de ánimo delictivo, puesto que sería poco prudente que quien quiere cometer un delito de tráfico de cannabis, figure en un registro público como aficionado a la planta. También se ha utilizado para legitimar un excedente de hasta 500 gramos del consumo propio anual, puesto que al ser miembro de una asociación pro-legalización de la marihuana, este excedente no tendría porqué ser destinado al tráfico, sino que bien puede ser que los compartiese con los miembros de su asociación, consumidores como él y representativos de un grado de difusión que entra dentro de los supuestos de consumo compartido admitidos por el Tribunal Supremo.
  • Además, con la pertenencia a la asociación se le presuponen al cultivador ciertos conocimientos sobre la planta, con los que argumentar sólidamente el proceso que siguen estas desde que se cultivan hasta que se consumen.
Igual que en exterior, con la salvedad de que para entrar en un domicilio es necesaria orden judicial, lo que hace difícil la desmantelación de cualquier cultivo de interior en un piso mínimamente discreto. Para que el Juez otorgue la autorización es necesario que tenga indicios racionales de criminalidad, es decir, que por lo observado por la policía o testigos se pueda deducir que en ese piso se cultiva cannabis y se trafica con él. Normalmente, si no hay un goteo de personas entrando y saliendo del lugar, y no se suelen sacar bultos sospechosos (cajas, bolsas) con frecuencia, el registro no será autorizado. También ha servido como indicio tener el responsable numerosas sanciones por posesión de cannabis.
  • Decir que no cualquier local o piso es un domicilio, sino únicamente aquel que se destine a vivienda. En este caso, si entran en el domicilio sin consentimiento o sin orden judicial, aunque encuentren plantas, la prueba sería nula por haberse obtenido vulnerando el derecho a la inviolabilidad del domicilio.

2 comentarios :

  1. No se si os habeis parado a pensar lo molesto que resulta leer en fondo negro con letras blancas...

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    1. =OOOOOOOO

      Es una de nuestras apuestas más fuertes... ese tono negro que no mata los ojos cuando estás en la oscuridad... el rollete que le da el verde/negro.... jajajaja la verdad que es "molesto" si estás acostumbrado a páginas de fondo blanco, pero tras más de 2 años manteniendo este estilo estamos conformes con los resultados.

      Dale una oportunidad!

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